SAT: Lo que sabemos sobre las visitas domiciliarias, ¿podrían llegar a tu hogar?

SAT: Lo que sabemos sobre las visitas domiciliarias, ¿podrían llegar a tu hogar?

El objetivo es aclarar inconsistencias y verificar que los contribuyentes se encuentren al corriente.

En medio de la inquietud generada por recientes informes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que llevará a cabo visitas domiciliarias como parte de sus procedimientos de verificación fiscal.

Aunque la medida ha provocado preocupación entre algunos contribuyentes, la autoridad aclaró que se trata de un proceso legal y regulado, con énfasis en la revisión de adultos mayores, jubilados y pensionados, cuando existan posibles irregularidades.

De acuerdo con la autoridad fiscal, estas visitas se realizarán únicamente cuando existan trámites, depósitos o movimientos bancarios que generen dudas sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. El objetivo es aclarar inconsistencias y verificar que los contribuyentes se encuentren al corriente.

El SAT subraya que todas las personas tienen derecho a asesoría jurídica gratuita y a que un representante legal esté presente durante la visita. Si esta garantía no se respeta, el procedimiento puede ser invalidado, lo que protege especialmente a los adultos mayores.

¿Cómo funciona una visita domiciliaria del SAT?

Antes de que un auditor toque a la puerta, el contribuyente debe recibir notificaciones oficiales donde se detallen las razones de la visita. Posteriormente, la autoridad debe cumplir estrictamente con varios pasos esenciales para evitar abusos o fraudes:

1. Carta de derechos del contribuyente auditado

El personal debe entregar un documento que explique de manera clara los derechos del ciudadano durante la auditoría.

2. Acceso a información completa

El SAT debe detallar el motivo de la revisión, así como las obligaciones o declaraciones específicas que están bajo análisis.

3. Posibilidad de corregir inconsistencias

Si el contribuyente detecta errores, puede corregirlos mediante declaraciones normales o complementarias sin necesidad de esperar al cierre del proceso.

4. Solicitud de cierre anticipado

Si ya transcurrieron tres meses desde el inicio de la auditoría y el contribuyente demuestra que su situación fiscal es correcta, puede pedir que la visita concluya anticipadamente.

El SAT recuerda que:

  • Los contribuyentes deben verificar la identificación oficial del personal.
  • Ningún trámite debe pagarse en efectivo ni entregarse directamente a un auditor.
  • Es indispensable mantener todos los documentos fiscales en orden.

Con información de El diario del Istmo

Ola Coatza

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