Aprueban aguinaldo de 40 días, ¿quiénes lo recibirán?
Por decreto oficial de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, fue aprobado el aguinaldo de 40 días, mismo que estará vigente para el ejercicio fiscal 2025, pero ¿quiénes serán los beneficiarios?
Tremenda noticia la que acaban de recibir miles de mexicanos, pues luego de tanta espera, el aguinaldo de 40 días al fin fue aprobado. La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que lo avala.
Dicho loa anterior, miles de personas recibirán un mes y 10 días de salario por concepto de aguinaldo, mientras que el resto de personas seguirán recibiendo lo equivalente a 15 días de trabajo, tal como lo marca la Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿A partir de cuándo será aplicable el aguinaldo de 40 horas?
El documento firmado por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo y por el secretario de Hacienda, Édgar Amador Zamora, señala que aplicará durante el ejercicio fiscal de 2025.
¿Quiénes recibirán aguinaldo de 40 días?
El aguinaldo de 40 horas aplica para:
- Servidores públicos federales, incluidos los de las secretarías de Estado, sus órganos desconcentrados y la Consejería Jurídica del Ejecutivo.
- Personal operativo, de confianza, de enlace y de mando dentro de las dependencias y entidades federales.
- Miembros del Servicio Exterior Mexicano, tanto quienes laboran en México como los que están en embajadas y consulados.
- Militares en activo, así como personal de las Fuerzas Armadas.
- Personas contratadas por honorarios con cargo a recursos del capítulo de Servicios Personales.
- Pensionados, jubilados y deudoscon pensión civil, militar o de gracia, incluyendo veteranos de la Revolución con pensión del ISSSTE.
¿Qué es el aguinaldo y cuándo debe pagarse?
De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.
“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este”, versa el artículo.
Con información del Diario del Istmo.